El titular del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), Alfredo Fratti, ha confirmado la exclusión del artículo 136 del proyecto de Ley de Rendición de Cuentas. Dicha disposición contemplaba la difusión pública de un registro de compañías exportadoras penalizadas por faltas en materia sanitaria. No obstante, se mantuvo vigente una penalización inicial de noventa días para los infractores.
Fratti detalló que esta determinación surgió de las negociaciones y el diálogo con los parlamentarios. Manifestó que, si bien él personalmente «nunca fue partidario» de hacer pública la lista, había recibido recomendaciones técnicas que sí la apoyaban. Sin embargo, priorizó la postura de los legisladores, la cual consideró sensata y finalmente respaldó.
El ministro enfatizó la importancia de la sanción de noventa días, la cual se mantiene inamovible en el texto. Aclaró que, si bien los afectados podrán presentar sus descargos posteriormente, Uruguay «no puede tolerar» que un exportador que ha incurrido en infracciones sanitarias, como el envío de ganado sin respetar los plazos establecidos, continúe operando. Por ende, la suspensión obligatoria por 90 días es una medida necesaria.
Adicionalmente, el jerarca se refirió al Instituto Nacional de Colonización, asegurando que logrará sus metas a pesar de las restricciones presupuestarias. Explicó que, en un contexto de recursos limitados, la «prioridad» se ha centrado en la pobreza infantil, pero esto «no afecta» la labor esencial de la institución.
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