El vicepresidente de la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep), Alfredo Asti, abordó este viernes la resolución adoptada por el organismo sobre la exministra de Economía y Finanzas, Azucena Arbeleche. La decisión, que contó con dos votos a favor y uno en contra, dictaminó que Arbeleche «transgredió normas de conducta en la función pública» al validar exenciones fiscales para una compañía donde su cónyuge ocupaba un cargo gerencial.
Asti señaló que la denuncia original data de 2023, pero el directorio previo de la Jutep no emitió un dictamen. Explicó que se siguió el procedimiento reglamentario a través de la asesoría jurídica del organismo, la cual, en marzo de 2025, emitió una conclusión desfavorable para Arbeleche, indicando una transgresión a artículos del Código de Ética.
Si bien el informe jurídico inicial se dio a conocer durante la nueva administración gubernamental, la integración del directorio de la Jutep correspondía aún a la gestión anterior. La renovación de las autoridades del directorio se inició en junio de 2025. Posteriormente, en diciembre del año pasado, se solicitó a la misma asesoría jurídica (cuya composición se mantuvo inalterada desde el inicio del expediente) una resolución definitiva. Según Asti, los letrados desestimaron los argumentos presentados por Arbeleche en su defensa respecto al cumplimiento del Código de Ética.
Asti relató que, a pedido de Luis Calabria, miembro del directorio de la Jutep por la oposición, el análisis del dictamen jurídico se postergó hasta febrero. Tras ello, la mayoría de los miembros letrados del organismo decidieron elaborar una opinión final que respaldaba las conclusiones de la asesoría jurídica. En su fundamentación del voto, Asti afirmó que se configuró una «infracción a la normativa legal».
El vicepresidente de la Jutep explicó que el documento jurídico señalaba que Arbeleche tenía la obligación de informar la situación al Presidente de la República, su superior jerárquico, y de abstenerse de intervenir en la decisión. En su lugar, el subsecretario de la cartera debió haber resuelto y firmado la resolución, una acción que, según Asti, «desconocemos por qué no se llevó a cabo».
Por su parte, Arbeleche argumentó en su defensa que, dado que la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (Comap) había emitido un dictamen aprobatorio, ella no podía rehusarse a firmar la resolución. Sin embargo, Asti citó jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) que contradice esta postura, estableciendo que la Comap tiene un rol meramente asesor y no vinculante, siendo la potestad de decisión final del Poder Ejecutivo. «En consecuencia, en esta instancia, la ministra adoptó la resolución definitiva, cuando, en virtud del Código de Ética, su intervención no era pertinente», concluyó Asti.
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